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Estudiante como objeto de disciplina Imprimir E-Mail
Escrito por Ciro Mesa   
martes, 03 de junio de 2008

Ciro Mesa.-

El caso del expediente al portavoz de AMEC nos confronta con una realidad disciplinaria que había permanecido en la sombra, pero que la torpe acción de un rector tan imprudente como intolerante a la crítica ha sacado a la luz. Hay que agradecerle esa acción, porque lo que pone ante nuestros ojos es la espantosa verdad de la falta de derechos y libertades de los estudiantes. Ahora no podemos pasar por alto la tenebrosa verdad de que un decreto de 1954 mantiene su vigencia como reglamento de disciplina académica.

Tomar pie en lo que esto supone implicaría plantearse embarazosas preguntas sobre la continuidad del fascismo en la democracia, preguntas sobre hasta qué punto extravagancias de este estilo –me refiero al reglamento- son, como suele decirse, “residuos franquistas” o, más bien, el franquismo continúa siendo el núcleo, el centro, el esqueleto (elíjase la metáfora que se quiera) del Estado español. Son preguntas que deben plantearse o mantenerse en el horizonte. Ahora me limitaré a ofrecer unas breves notas analíticas sobre el Reglamento.

¿Qué concepción general del estudiante destila el documento? Aparece siempre y sólo como un objeto de disciplinamiento, nunca como sujeto de derechos. ¿Y la universidad? Como un lugar ante todo ordenado, jerárquicamente ordenado. El orden debe existir, se escribe, “dentro y fuera de las aulas” (Art. 5). Todo lo que pueda perturbar el orden se considera falta. Y el articulado pone mucho cuidado en insistir en el agravamiento de toda alteración cuando es colectiva. Claro, las acciones coordinadas se consideran especialmente atentatorias contra los principios del orden y la disciplina. Se busca, comprensiblemente para un ejercicio autoritario del poder, un alumnado atomizado y disgregado. El texto llega a promover directamente la delación (Arts. 7 y 9). No sólo “inducir”, sino incluso “tolerar o encubrir” una falta, ¡aunque la acción no haya llegado a producirse¡, te convierte en reo de esa misma falta. El propósito notorio de todo esto es evitar que entre los estudiantes se den procesos de organización, coordinación o liderazgo. ¿Se entiende, dicho sea al margen, por qué conecta el rector con el espíritu de la norma de 1954 y por qué enfila al portavoz de Amec?

Véamos qué considera el reglamento falta grave. La primera es -¿te sorprende?- manifestarse contra “los principios e instituciones del Estado”. También se castiga cualquier “injuria” u “ofensa”. Pero, claro, como hay clases, se distingue entre las que se dirigen contra los profesores y autoridades académicas, por un lado, y las que, por otro, tienen por objeto al resto de la fauna universitaria (de estas sólo son punibles las ofensas graves). En el mismo epígrafe se condena también, como no podía ser menos, la insubordinación. Y también “la falta de probidad”, claro, por muy oscuro que pueda parecernos lo que debemos entender por eso. Al tan oído tropo “probo funcionario” hay que asociar el poco oído de “probo estudiante”. Franco quería, por lo visto, que los estudiantes fueran ante todo “probos”, esto es, sumisos cumplidores de los deberes impuestos. Doménech también. Otros los preferimos inteligentes y críticos –y así nos va.

Tampoco tienen desperdicio las referencias del reglamento a las faltas “menos graves”. Se castiga, en primer lugar, “las palabras o hechos indecorosos”. El comportamiento del buen estudiante debe aureolarse de decoro, decencia, pudor, vergüenza. También son falta menos graves –que revierten en grave con la reiteración- “la resistencia en todas sus formas a las órdenes y acuerdos superiores” y “las faltas de asistencia a clase”.

Llaman la atención en todo el texto la vaguedad, imprecisión y generalidad del discurso, que apunta como consecuencia inevitable a la arbitrariedad del ejercicio de la punición. Como la autoridad detenta la capacidad de definir en cada caso qué sea probidad, decoro, resistencia, insubordinación u ofensa, cualquiera por cualquier cosa puede hacerse reo. Sobre cualquiera puede caer por cualquier cosa la mano del poder, de forma que siempre el administrado, en este caso, el estudiante, está sujeto a la “gracia” del mando. Tanto el que es castigado como, sobre todo, el que no. Si añadimos a esto la indefensión que produce el procedimiento, ya desde el momento en que es la autoridad quien nombra a su discreción los instructores, entonces hay que reiterar la conclusión de que “El proceso” es una novela realista.

 
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